DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer de la querella interpuesta por la ciudadana MARIELA AVELLANEDA DE LUNA, asistida por el abogado Carlos Vesga Sánchez, contra el CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA (CONAC);
2.- INADMISIBLES las solicitudes de recálculo del "(...) monto de [la] indemnización por antigüedad correspondiente al lapso que terminó el 18 de junio de 1997 (...)", y la del lapso comprendido "(...) entre el 19 de junio de 1997 (...)" y el 31 de diciembre de 1998; de los correspondientes "(...) intereses sobre prestaciones sociales (...)"; del "(...) monto de [la] Compensación por Transferencia (...)" y; del "(...) monto de [la] pensión de jubilación (...)", en virtud de haber operado respecto a las mismas la caducidad de la acción, conforme a lo disp.....