DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por la abogada María Luz Revollo, actuando con el carácter de sustituta de la Procuradora General de la República.
2. DECRETA medida preventiva de embargo sobre bienes muebles propiedad de las sociedades mercantiles INVER GROUP C.A, y UNIVERSITAS DE SEGUROS C.A. hasta por la cantidad de UN MILLÓN NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCO BOLÍVARES CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 1.998.605,99).
3. ORDENA oficiar a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora para que determine los bienes sobre los cuales será practicada la medida de embargo, en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 62 de la Ley de la Actividad Aseguradora.
4. ORDENA abrir cuaderno de medidas a los fines de la sustanciación .....