-IV-
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en Sede Constitucional declara CON LUGAR la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por la ciudadana DAYRA C. PEREZ BASTARDO, titular de la cédula de identidad Nº 14.285.727, debidamente representada por el abogado Gennys Sosa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.402, para la ejecución por vía de amparo constitucional de la Providencia Administrativa Nº 123-2007 de fecha 15 de mayo de 2007, emanada de la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Nuñez Tenorio" del Estado Miranda, mediante la cual se ordenó su reenganche y pago de salarios caídos, en consecuencia, se ordena al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales
(I.V.S.S.), cumplir con la referida providencia administrativa dentro de los cinco (05) días siguientes a la publicación del presente .....