DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial ejercido por los abogados Pablo Mauricio Paredes Alcalá y Miguel Pérez Dávila, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 82.048 y 12.539, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Omar José Rodríguez Sánchez, titular de la Cédula de Identidad N° 6.547.830, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 012099 de fecha 19 de Septiembre de 2012, emanada de la Comisión Especial para la Reorganización y Reestructuración del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, y en consecuencia:
- IMPROCEDENTE la nulidad del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 012099 de fecha 19 de Septiembre de 2012, emanada de la .....