IV
DECISIÓN
Con fundamento en lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con Sede en Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Se Admite la acción de amparo constitucional interpuesto por la abogado Alexnellys Ortiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 93.638, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JULIAN JOSE PLAZOLA NUÑEZ, cédula de identidad Nº 6.992.684, en contra de las empresas "VIVIENDAS SALAMANCAS, C.A."
Publíquese, regístrese y notifíquese. Líbrese boleta de notificación a la parte accionante.
Dada, firmada y sellada, en la sala de Despacho de Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con Sede en Caracas, en Caracas a los diez (10) días del mes de marzo del año dos mil nueve (2009). Años 198º de la Independencia y 150º de la Federación.
LA JUEZ
Abg. BELKIIS BRI.....