IV
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la abogada Marielba Escobar, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 16.770, actuando en el carácter de apoderada judicial del MINISTERIO PÚBLICO, contra el acto administrativo contenido en la certificación Nº 191-2010, de fecha 15 de julio del 2010, dictada por la Doctora Haydee Rebolledo, Médico Ocupacional de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Distrito Capital y Vargas, del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), y del Informe Pericial, Cálculo de Indemnización por Accidente de Trabajo, contenido en el oficio Nº 1852/2010, emanado de la Doctora Fátima Petit, Directora de la "DIRESAT" Capital y Vargas.
Publíquese, reg.....