IV
DECISIÓN
Con fundamento en lo antes expuesto este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por CADUCIDAD, la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano William Rodríguez Carvajal, titular de la Cédula de Identidad Nº 633.979, debidamente asistido por la abogada Miriam Tua Padilla, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 10.167, contra la Gobernación del Estado Vargas.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas a los Quince (15) días del mes de Julio de Dos Mil Diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ
Abg. BELKIS BRICEÑO SIFONTES
LA SECRETARIA
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