V
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la abogada María Fernanda Pulido, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 123.276 actuando en el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., inscrita originalmente en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, ahora Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 26 de octubre de 1962, bajo el Nº 76, Tomo 34-A y posteriormente inscrita por ante el mismo Registro por causa de refundición de su Documento Constitutivo/Estatuario, el 25 de octubre de 1.982, bajo el Nº 78, Tomo 133-A Sgdo., contra el acto administrativo contenido en la Providenc.....