En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la abogada YLENY DURÁN MORILLO., Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 91.732 respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales del ciudadano, OVER ENRIQUE OSPINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 12.983.698, contra el Acto Administrativo de carácter particular contenido en la Providencia Nº 369-08, de fecha veintitrés (23) de mayo de dos mil ocho (2008), emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo, en Caracas a los veinte (20) días del mes de octubre de dos mil .....