IV
DECISIÓN
Por las razones precedentes este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional declara:
¿ Se ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por abogados MANUEL E. GALINDO BALLESTEROS, NELLY BERRIOS PÉREZ, LUIS BOADA ROMERO Y ADA ORTEGA ZAMORA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 24.994, 48.759, 94.756 y 30.198, actuando con el carácter de Sustitutos de la Procuradora General de la República, por órgano de la Asamblea Nacional contra la Providencia Administrativa N° 428-08, de fecha dieciséis (16) de septiembre de dos mil ocho (2008), emanada de la Inspectoria del Trabajo del Distrito Capital Sede Norte .
¿ IMPROCEDENTE la Medida Cautelar de Suspensión de Efectos solicitada por la parte actora.
Declarada como ha sido la medida.....