DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los abogados Humberto Elías León y María Eugenia Álvarez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 77.619 y 76.175, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ROSALBA ROMERO, titular de la cedula de identidad Nº 3.838.721, contra la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo, en Caracas a los Veintiocho (28) días del mes de Mayo de Dos Mil Trece (2013).
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES R.
LA SECRETARIA ACC
Abg. LISSETTE VIDAL M. .....