Visto el escrito de promoción de pruebas suscrito en fecha 14 de Agosto de 2012, por la abogada Tabatta Isabel Borden Cabrera, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 75.603, representante judicial del organismo querellado, este Tribunal observa:
En relación al Capitulo I, denominado "PRUEBAS DOCUMENTALES ", mediante el cual la representación judicial de la parte querellada promueve los siguientes documentos: Original de cuadro demostrativo de la clasificación del cargo de la ciudadana Leidy Josefina Sifontes de Carucci, con sus respectivos salarios y conceptos, marcado con la letra "A"; Original de Nómina del Distrito Capital de fecha 15 de octubre de 2011 y 15 de noviembre de 2011, correspondiente a la ciudadana Leidy Josefina Sifontes de Carucci, marcada con la letra "B"; Original de Circular Nº 01059-11 de fecha 01 de noviembre de 2011, marcada con la letra "C"; y si bien es cierto, este Tribunal omitió pronunciamiento con respecto a la admisión de las pruebas señaladas, y visto .....