Como consecuencia de los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos es por lo que este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: SIN LUGAR la Apelación formulada por la parte actora. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Apelación formulada por la parte demandada contra la sentencia de mérito fecha 30 de septiembre de 2014, emanada del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, todo en la demanda interpuesto por el ciudadano MARCOS AUGUSTO RUBIANO TOVAR contra la entidad de trabajo SERVICIOS MACRIS 18, C.A., partes suficientemente identificadas a los autos, por lo que se condena a esta última al pago de los conceptos y montos establecidos en la parte motiva del presente fallo. TERCER.....