Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 03 de octubre de 2016, dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia recurrida TERCERO: SE DECLARA parcialmente con lugar la demanda interpuesta por los ciudadanos Luis Palacios y José Donates en contra la entidad de trabajo Bomberos del Distrito Capital CUARTO: No hay condenatorias en costas dada la naturaleza de la presente decisión.