Vistas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEXTO (6°) SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 22 de enero de 2024, por el abogado LUIS PINO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante recurrente, contra la decisión de fecha 18 de enero de 2024, dictada por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, en la demanda incoada por el ciudadano OSWALDO GONZÁLEZ SANABRIA contra la entidad de trabajo BOLET Y TERRERO, S.C., partes plenamente identificada en los autos, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales; SEGUNDO: Se confirma la decisión in comento; y, TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley Adjetiva .....