En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la Sociedad Mercantil FRIGORIFICO ALIANZA INTERNACIONAL, C.A. contra la Certificación N° 0069-13 emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), de fecha 16 de octubre de 2013, a favor del ciudadano José Jesús Gamonal. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas. Así se decide.