En virtud de los razonamientos anteriormente señalados, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 26/02/2010, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por calificación de despido y pago de salarios caídos incoados por el ciudadano José Luis Materano contra la sociedad mercantil Banco Provincial, S.A. Banco Universal. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida. No hay condenatoria en costas, por el presente recurso conforme a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-