IV.DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado Fernando Lucas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.228 actuando con el carácter de apoderado judicial de la entidad de trabajo "Inversiones G&G 7375 C.A.", contra la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 10 de febrero de 2016, que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de los efectos., en el recurso contencioso administrativo de nulidad contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Providencia Administrativa fecha 30 de octubre de 2014, eman.....