CAPITULO VI
DISPOSITIVO:
Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora en contra de la sentencia del Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 21 de abril de 2015; SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud de Calificación de Despido, incoada por CARLOS ALMEIDA, contra el ente patronal RED DE ABASTOS BICENTENARIO S.A.; TERCERO: No se CONDENA en costas visto el salario del actor.
Se confirma el fallo recurrido.