En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad intentado por el Abogado Gastón Cisneros, en su carácter de Apoderado Judicial del Municipio Chacao del Estado Miranda, contra la certificación número 0324-10, de fecha 05 de mayo de 2010, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda (DIRESAT) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). En consecuencia, queda FIRME la Resolución impugnada. No hay condenatoria en costas