PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 4 de octubre de 2017 dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: FIRME la decisión de fecha 4 de octubre de 2017 dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.