Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: SIN LUGAR la Apelación formulada por la parte demandada contra el acta de audiencia preliminar de fecha 27 de junio de 2014, dictada por el Juzgado Décimo Octavo (18°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; todo en el procedimiento por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por los ciudadanos BRIGIDO JOSE TOLEDO, JUAN MANUEL DIAZ VASQUEZ y DENIS NOEL NOGUERA RAMIREZ contra las entidades de trabajo GRUPO ZONEMAR C.A., CONSTRUCTORA MANDALAS, C.A., y solidariamente contra los ciudadanos VICENTE ZOTTOLA y FATIMA NETO DE ZOTTOLA. SEGUNDO: Se condena en costas a la par.....