Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 12 de diciembre de 2007, dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano ISMAEL PIÑANGO MISEL contra PROSEIN LA CASTELLANA, C.A. en consecuencia se condena a la demandada a pagar los montos señalados en la parte motiva del presente fallo. Asimismo se ordena experticia complementaria del fallo a los fines de determinar intereses moratorios y corrección monetaria. CUARTO: SE MODIFICA el fallo. No hay condenatoria en costas.