Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 28 de junio de 2010, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Carlos Alí Escalona Fernández contra la Alcaldía del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda. TERCERO: Se ordena a la demandada pagar al demandante el concepto de Beneficio de alimentación (cesta tickets): sobre la base de los días laborados en el período de la vigencia de la relación de trabajo comprendido entre el día 28 de febrero de 2008 al 15 de marzo de 2008, los cuales .....