Por las razones expuestas, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte codemandada (Sociedad Mercantil Laboratorios Vargas, S.A.), contra el auto de fecha 24 de septiembre de 2014, dictado por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por la ciudadana Diana Delgado Briceño y otros, contra la Sociedad Mercantil Laboratorios Vargas, S.A., y otros, en consecuencia se confirma el auto in comento.