En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; UNICO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el abogado Carlos Castro, IPSA N° 52.985, apoderado judicial de las Sociedades Mercantiles Distribuidora Almacenadora Dialca, C.A., y Laboratorios Behrens, C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 080-11, dictado en fecha 02 de mayo de 2011, por la Dirección Estatal de Salud de los Trabajadores de Miranda "Delegado de Prevención Jesús Bravo", ente adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a favor de la ciudadana Celina Rosa Andrade Mena, titular de la cédula de identidad N° V-12.411.695.