En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; UNICO: IMPROCEDENTE la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la Sociedad Mercantil Industrias RRC, C.A., contra la providencia administrativa N° 0048-2012, de fecha 09 de julio de 2012, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda "Delegado Jesús Bravo" (DIRESAT), ente adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a favor de la ciudadana Diana Margarita Gómez Rondón, titular de la cédula de identidad N° 5.304.089.