Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTECON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 26 de julio de 2013, dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Ramón Antonio Larez y otros contra la Sociedad Mercantil Banesco Banco Universal, C.A. TERCERO: SE ORDENA a la demandada a dar cumplimiento a los parámetros y condiciones establecidos en la motiva del presente fallo. CUARTO: SE MODIFICA la decisión recurrida.