Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra el auto de fecha 26 de septiembre de 2014, dictado por el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano José Francisco Velásquez Guzmán contra el ciudadano Gabriel Darío Altuve, Fondo de Comercio Autotote e Instituto Nacional de Hipódromos (INH). SEGUNDO: SE ANULA el auto in comento. TERCERO: SE ORDENA al a quo dar respuesta a lo peticionado mediante diligencia de fecha 23 de septiembre de 2014, por la representación judicial de la parte actora, todo ello confo.....