Este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 89 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa ADMITE el referido recurso en un solo efecto, en consecuencia se ordena librar oficio dirigido a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a fin de remitirle el presente expediente