Con fundamento en las razones esgrimidas por este Tribunal Superior Séptimo del Trabajo de este Circuito Judicial del Trabajo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: EXTEMPORÁNEA LA SOLICITUD de aclaratoria interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia del 13 de octubre de 2023; SEGUNDO: SE CORRIGE la referida decisión en lo que respecta al pago de la corrección monetaria, por lo que en el extracto de la sentencia donde se lee: "efectuando las ordenadas a pagar en divisas al cambio oficial", debe entenderse y en consecuencia sustituirse por: "exceptuando las ordenadas a pagar en divisas al cambio oficial". Y así se decide.