En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; UNICO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los abogados Eduardo José Arenas y Francis Celta Alfaro, IPSA N° 32.940 y 66.543, apoderados judiciales de la Contraloría Municipal del Municipio bolivariano Libertador del Distrito Capital, contra la Certificación N° 225/2010, de fecha 10 de noviembre de 2010, dictada por la Dirección Estadal de Trabajadores Distrito Capital y Vargas y el Informe Pericial Cálculo de Indemnización por Enfermedad Ocupacional Agravada, de la ciudadana Marianni Millán, en consecuencia se anula la providencia in comento, así como los actos (informe pericial) que guarden relación o dependan de la misma.