Pues bien, revisadas las presentes actuaciones se puede constatar que la apoderada judicial de la parte actora solicitó la aclaratoria de la sentencia dictada en fecha 17 de junio de 2014 (ver folios 105 al 107, de la 2da pieza), por lo que vista la manifestación realizada por la precitada profesional del derecho (abogada Rosa Quintero), y revisados como han sido los extremos legales, a saber, la facultad para desistir por parte de la misma, el cual de forma expresa cursa a los autos (ver folio 48 al 50 de la 2da pieza); es por lo que, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la aclaratoria de la sentencia dictada en fecha 17 de junio de 2014, por el Tribunal Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, siend.....