Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte codemandada contra la decisión de fecha 29 de julio de 2014, dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra la decisión in comento. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Michela Annovi Bellei contra las Sociedades Mercantiles Energizer Group Venezuela, C.A. y Eveready de Venezuela, C.A. CUARTO: SE ORDENA a las partes codemandadas a pagar a la accionante los co.....