Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte accionante contra la sentencia de fecha 28 de julio de 2017, dictada por el Tribunal Duodécimo Sexto (6°) de de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de nulidad incoada por el ciudadano NUNO CONCEPCION ALVES DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.020.762 contra la Providencia Administrativa No. 946-04, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, Municipio Liberador, de fecha 6 de julio de 2.004, que declaró CON LUGAR la solicitud de CALIFICACION DE FALTA, incoada por el.....