Por las razones expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Apelación de la parte demandada en contra de sentencia de fecha 05 de noviembre del año dos mil nueve (2009), emanada del Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual se declaró; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada incoada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA FERNÁNDEZ contra la empresa Sociedad Mercantil YAMATO SUSHI BAR C.A. TERCERO: Se condena a la demandada a pagar a la actora los conceptos determinados en la parte motiva de la presente decisión. CUARTO: Se ordena la cancelación de los intereses sobre prestación de Antigüedad causados durante la vigencia del vínculo laboral. El experto designado por el tribunal, encargado de la ejec.....