Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo de la Circunscripción Judicial del Ara Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación de la parte actora en contra de decisión emanada del Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 09-04-2010; SEGUNDO: se declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO por concepto de jubilación y daño moral incoado por la ciudadana MARIA MENDOZA DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro 3234384 en contra de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ORGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES; TERCERO: Se confirma la decisión recurrida; CUARTO: No se condena en costas a la parte actora en fundamento de lo establecido en el articulo 64 de la LOPTRA. Se.....