DISPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Apelación de la parte actora en contra de auto de fecha 29-09-09, emanado del Juzgado 26º de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial; SEGUNDO: DESISTIDA la Apelación de la parte accionada en contra de auto de fecha 29-09-09, emanado del Juzgado 26º de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial; TERCERO: SE ANULA el auto de fecha 29-09-09 emanado del Juzgado 26º de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial y las subsiguientes actuaciones, ordenándose al Juzgado a-quo aplicar las consecuencias jurídicas previstas en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, vista la no comparecencia a la Audiencia Preliminar de l.....