Por las razones expuestas, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación de la parte demandante en contra de sentencia de fecha 30 de noviembre del año dos mil nueve (2009)del Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, SEGUNDO: Sin Lugar la Falta de Cualidad opuesta por la representación judicial de la parte demandada; TERCERO: Con Lugar la Prescripción de la Acción opuesta por la parte demandada con respecto a los conceptos de fideicomiso laboral conforme lo estipula el artículo 108 de la Ley Orgánica del trabajo; Póliza Seguro Hospitalización Cirugía y Maternidad, así como Seguro Funerarios, conforme lo estipula el contrato marco en sus cláusulas 8 y 9 en concordancia con lo establecido en el artí.....