Por las razones expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 02/07/2012 dictada por el juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido con diferente motivación; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARIA AURORA LÓPEZ MOSCOSO, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 6.976.530., en contra de la empresa MAWS DE VENEZUELA, C.A, CUARTO: Se condena a la empresa accionada a pagar los conceptos determinados en la parte motiva del fallo; CUARTO: Se condena en costa a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 61 de la L.O.P.T.R.A.