Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte accionada contra la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de Primera instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 04-08-2011. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia recurrida: TERCERO: Se declara SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MERCEDES ELENA ALVAREZ ESCALONA, contra la JUNTA LUQUIDADORA DEL BANCO PROVIVIENDA, C.A, BANCO UNIVERSAL, (BANPRO) (Banco en liquidación). CUARTO: No hay condenatoria en costas. QUINTO: Se ordena la notificación a la Procuraduría General de la Republica Bolivariana de Venezuela, todo ello de conformidad con lo .....