DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la abogada LISBETH PEREIRA I.P.S.A N° 190.060, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano BERNARDO GOMEZ RINCON titular de la cédula de identidad Núm. 1.585.686, contra la sentencia de fecha 22 de junio de 2017, dictada por el Tribunal Duodécimo (12°) de de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: No hay condenatoria en costas. CUARTO: Se ordena la notificación de las partes. QUINTO: Se ordena remitir copia de la presente decisión a la Procuradora General de la República.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA .....