De lo antes expuesto, la parte demandada mediante diligencia de fecha 09 de octubre de 2017, solicito la aclaratoria en los siguientes términos "...solicito aclaratoria del fallo. Si bien es cierto que al folio 286 de la decisión se declara procedente que se condena al pago del concepto del 3% de consumo del consumo del servicio, a los que trabajadores Luis Doria, Ivan Blanco y Juan Pacheco; pedimos se aclare que sobre dicho concepto deben cancelar los codemandados el 3% conforme a lo señalado por salario retenido, mas días de descanso, domingos y feriados a salario variable e incorporar dichos conceptos a los salarios integrales y normales..."
Referente a esta aclaratoria de lo arriba transcrito este Tribunal concuerda con la solicitud realizada y se ordena incorporar dicho concepto a los salarios integrales y normales Así se establece.-