Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 18 de septiembre de 2014, por el abogado WILDER MARQUEZ, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 14 de agosto de 2014, dictado por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, oída en un solo efecto por auto de fecha 19 de septiembre de 2014,en el juicio seguido por el ciudadano JUAN CARLOS ARRIECHE contra NESTLÉ VENEZUELA, S.A.. SEGUNDO: CONFIRMA el auto apelado. TERCERO: Se condena en costas del recurso a la demandada.