Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: , contra el auto dictado por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de julio de 2013, oída en un solo efecto por auto de fecha 22 de julio de 2013, con motivo de la incidencia surgida en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (CAPINAVI) contra de la providencia administrativa Nº 768-11 dictada en fecha 06 de octubre de 2011, que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana AHELAYNE.....