Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora,. SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia de fecha 01 de noviembre de 2017, por el Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada incoada por los ciudadanos Víctor Armando Contreras y Otros contra el Alvan Art-Deco y los ciudadanos Alvaro Jhoseph Torres y Anner Alexander Arias CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión