Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA ADMISIÓN de la acción contencioso administrativa de nulidad propuesta por la sociedad mercantil LABORATORIOS LETI S.A.V, antes identificada; en contra del acto administrativo contenido en la certificación N° 0399-10, de fecha 5 de mayo de 2010, emanada del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), a través de la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ( DIRESAT) MIRANDA " Delegado de Prevención Jesús Bravo" y que fuera notificada a la empresa en fecha 8 de noviembre de 2012; en consecuencia se ordenan las notificaciones de ley. SEGUNDO: IMPROCEDENTE el amparo cautelar con suspensión de efectos del acto administrativo impugnado, solicitado por los abogados PEDRO URIOLA, TOMAS CA.....