Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto el 5 de noviembre de 2013, por el FONDO DE PROTECCION SOCIAL DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS-FOGADE contra el auto dictado 31 de octubre de 2013, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la apelación interpuesta por la recurrente el 29 de octubre de 2013, contra la sentencia dictada el 19 de marzo de 2013. SEGUNDO: REVOCA el auto de fecha 31 de octubre de 2013, dictado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: ORDENA a.....