Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA VENEMOTOS, C.A., en contra del acto administrativo de efectos particulares contenido en la Certificación No. 0144-2012 de fecha 14 de agosto de 2012 dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Capital y Vargas, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales mediante el cual certificó que la ciudadana Petra María Delgado, titular de la cédula de identidad No. 6.095.160, como secuela de una Enfermedad Ocupacional (agravada por el trabajo) le condiciona una Discapacidad Parcial y Permanente. SEGUNDO: CONFIRMA el acto impugnado y todos sus efectos. TERCERO: Por cuanto l.....