Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA ADMISIÓN del recurso de nulidad propuesto por la parte recurrente sociedad mercantil CENTRO MÉDICO LOIRA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 09 de diciembre de 1977, bajo el No. 59, Tomo 143-A, en contra del acto administrativo de efectos particulares contenido en la Certificación No. 0269-10, de fecha 13 de diciembre de 2010, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores (DIRESAT) Distrito Capital y Estado Vargas del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), y en consecuencia se ordenan las notificaciones de ley. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada de suspensión de efectos del acto solicitada po.....